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¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?

agosto 14, 2020

El Seguro de Cesantía es aquel que se encarga de proteger a los trabajadores en el caso de que queden cesantes, tanto de manera voluntaria como involuntaria, ya sea debido a un despido, renuncia o por la expiración de un contrato. Este te asegura prestaciones económicas, al igual que logra cubrirte en distintas materias, tales como salud, social y previsional, aunque dependerá del fondo que sea elegido.

Para poder cobrar este seguro se deben cumplir una serie de requisitos, al igual que debemos estar conscientes de qué trabajadores son los que pueden cobrarlo. Podrá sonar algo tedioso el proceso, pero es necesario seguirlo para que no se presente ningún tipo de complicación luego.

Requisitos

Los requisitos son muy importantes al momento de ir a cobrar el seguro de Cesantía, por lo que debes verlos antes de ir a una sucursal de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Los requisitos son los siguientes:

  • Estar cesante; por más obvio que parezca, el estar cesante es importante ya que no se realizará nada sin estarlo.
  • Se debe contar con un mínimo de cotizaciones, estas deben estar debidamente pagadas y acreditadas en tu cuenta, esto también dependerá del contrato.
  • Contrato indefinido: se deben tener un mínimo de 12 cotizaciones (continuas o discontinuas), en la que se pueda contar con uno o más empleadores.
  • Contrato a plazo fijo o por obra, faena o determinado servicio: en este se deberán tener al menos unas 6 cotizaciones, ya sean continuas o discontinuas, en las que sean partícipes uno o más empleadores.
  • En ambos casos, las cotizaciones deberán ser anteriores al mes de culminación de la relación laboral y será contada desde la afiliación al Seguro, o si no, desde que fue recibido el último giro.
  • Además, el contrato laboral habrá tenido que comenzar a partir del 2 de octubre de 2002 o fechas posteriores; en caso de que el contrato sea anterior a la fecha, el trabajador tendría que haberse afiliado de manera voluntaria a la Administración de Fondo de Cesantía.

Exclusiones

Se debe saber también los que son excluidos de este seguro, principalmente para no pasar malos ratos por una confusión o falta de información. Estas personas son:

  • Los empleados del sector público.
  • Los trabajadores independientes que estén por cuenta propia.
  • Jóvenes menores de 18 años de edad.
  • Los pensionados, exceptuando a aquellos que lo estén por invalidez parcial.
  • Aquellos que son trabajadores de casa particular, tales como choferes, mayordomos, jardineros, entre otros.

¿Cómo cobro el Seguro de Cesantía?

Para cobrar este seguro nos vamos a ir a una de las sucursales de la ya nombrada Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), y llevaremos nuestra cedula de identidad vigente junto con el finiquito o el documento que acredite la cesantía.

Al momento en que la solicitud se apruebe en la AFC, nos dirán la fecha y lugar del pago. Al mismo tiempo, la AFC se hará cargo de enviar a la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) los datos de contacto de quien solicita el pago del seguro de cesantía, esos datos serán acompañados por tu nombre y RUT.

Ya luego tu seguro será pagado sin problema alguno. Recuerda estar al tanto de la información que te dé la AFC al momento de cobrar el mismo. Con esto ya damos por terminado el proceso de solicitud y pago de la Cesantía, lo importante es tener siempre en cuenta los requisitos, exclusiones y documentos necesarios (los cuales no son muchos) y no habrá ningún desvío en el camino.